Este protocolo lo más seguro va a estar integrado en el tema que contenga el TITULO IV-Infracciones y sanciones. dado que hay un artículo de la Ordenanza 12/2022, de 20 de diciembre, de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular que se denomina tal cual: “Artículo 99. Prestación ambiental sustitutoria.”

He revisado todos los exámenes hasta la fecha y solo he podido encontrar dos preguntas.
EXAMEN 2017- 41 Plazas – Turno libre
TEMA 17.- Ordenanza de limpieza de los espacios públicos y de gestión de residuos (X): Inspección y control de la limpieza del espacio público y de la gestión de residuos. Infracciones en estas materias y su prescripción. Procedimiento sancionador. Principios que lo informan. Sujetos responsables. Sanciones. Graduación y medidas provisionales.
PREGUNTA EXAMEN OFICIAL: (PREGUNTA VIGENTE A PESAR DE LOS CAMBIOS)
53. ¿En el Ayuntamiento de Madrid y de acuerdo con la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de los Residuos, ¿qué órgano ostenta la competencia para aprobar un procedimiento en que se establezca la posibilidad de sustituir la multa económica por la realización de un trabajo de limpieza en la vía pública?
A – El alcalde.
B – El Director General de Servicios de Limpieza y Residuos.
C – La Delegada de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
EMA PI 2018 – 30 Plazas -Promoción interna
Tema 5.– Inspección y control de la limpieza del espacio público y de la gestión de residuos. Ordenanza de limpieza de los espacios públicos y de gestión de residuos: Inspección y Control. Infracciones y sanciones. Penalizaciones a empresas concesionarias por incumplimientos en las actuaciones de limpieza del espacio público y de gestión de residuos.
PREGUNTA EXAMEN OFICIAL: (OBSOLETA)
10. De acuerdo con el Protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones por incumplimiento de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos son infracciones susceptibles de la aplicación de la citada prestación:
a) No mantener en las debidas condiciones de higiene y ornato público en solares particulares con grave perjuicio al interés público sin evitar su utilización como espacios de depósito de residuos.
b) Dañar los recipientes suministrados por el Ayuntamiento o cualquier otro elemento del mobiliario urbano destinado a la recogida de residuos.
c) Abandonar muebles, enseres, electrodomésticos y trastos viejos, bolsas, envases o similares, en los espacios públicos.
PREGUNTA EXAMEN OFICIAL:
(PREGUNTA ADAPTADA A LA NUEVA ORDENANZA Y AL NUEVO PROTOCOLO)
10. De acuerdo con el Protocolo de prestación ambiental sustitutoria de las sanciones por incumplimiento de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular son infracciones susceptibles de la aplicación de la citada prestación:
a)Realizar tareas de carga y descarga incumpliendo lo dispuesto en esta ordenanza.
b) Depositar en los espacios públicos de los recipientes o residuos que sean gestionados por entes privados.
c) Depositar muebles, grandes electrodomésticos o enseres en los recipientes destinados a los residuos domésticos, así como en contenedores o sacos de obra o depositarlos junto a estos.