INTERINOS

¿En que momento puedes estar en este punto?

Una vez realizado el examen de oposición si no has conseguido plaza, tu esfuerzo no habrá sido en vano. Si sacas una buena nota te puedes quedar en la lista de espera (bolsa de trabajo). Las oposiciones de turno libre tienen este segundo premio.

 

Una vez finalizado el proceso selectivo y ocupadas las plazas que se ofertaron se crea una “lista de espera”.

Cuando hay necesidades de servicio en un departamento “se tira” de esa lista. Por lo tanto, es necesario haber participado en algún proceso selectivo y haber superado el primer ejercicio, para ser incluido en la correspondiente lista de espera.

El llamamiento se realizará siguiendo el orden de posición en la lista de espera vigente. Mejor nota mejor posición vas a tener.

En el examen de 2010 (30 plazas) se creó una lista de 258 personas

En el examen de 2017 (41 plazas) se creó una lista de 182 personas

En el examen de 2020 (16 plazas) se creó una lista de 61 personas

Preguntas frecuentes sobre interinos

INFORMACION ACCESIBLE EN LA WEB DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

En el supuesto de recibir una propuesta de nombramiento como funcionario/a interino/a del Ayuntamiento de Madrid y no aceptarla por razón justificada ¿de qué plazo dispongo para enviar la documentación que así lo acredite? ¿Qué sucede si no la aporto dentro de ese plazo? Si he acreditado la justificación ¿qué debo hacer para volver a estar disponible en la lista de espera?

Para acreditar la causa que justifica su permanencia en la lista de espera o bolsa de trabajo tras rechazar la propuesta, dispondrá de un plazo de 10 días naturales, a contar desde el día que se produjo la correspondiente propuesta.

En caso de no aportar la justificación en dicho plazo, se procederá a su exclusión como candidato de la lista de espera o bolsa de trabajo de la que fue llamado.

En el caso de que, aportada la documentación en plazo, finalice la situación que justificaba su permanencia en la lista de espera o bolsa de trabajo de la que fue llamado, deberá comunicar dicha circunstancia en el plazo máximo de 5 días naturales al órgano gestor de la lista o bolsa, a través de la dirección de correo electrónico interino@madrid.es. De no hacerse así se producirá su exclusión como candidato de la lista de espera o bolsa de trabajo de la que fue llamado.

En el supuesto de aceptar una propuesta para ser nombrado funcionario interino del Ayuntamiento de Madrid, ¿cómo sabré cuándo y dónde tengo que acudir para tomar posesión?

El Departamento de Funcionarios Interinos y Personal Eventual contactará con usted vía telefónica para informarle del lugar, hora y dirección en el que tiene que personarse para tomar posesión.

¿Cómo puedo saber si formo parte de una lista de espera o bolsa de trabajo del Ayuntamiento de Madrid, y qué puesto ocupo en ella?

De acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, las listas de espera y bolsas de trabajo vigentes están publicadas en la página web del Ayuntamiento de Madrid, con la información suficiente que permite efectuar el seguimiento de su gestión.

Estas listas de espera y bolsas de trabajo serán actualizadas trimestralmente. 

¿Qué debo hacer para recibir una propuesta de nombramiento de funcionario interino del Ayuntamiento de Madrid?

La selección del personal temporal en el Ayuntamiento de Madrid se encuentra regulada en el vigente Texto Refundido del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos. Concretamente, su artículo 8.2 prevé que la contratación de personal temporal y el nombramiento de funcionarios interinos del artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (en la actualidad, Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) se llevará a efecto a través de la formación de “Listas de Espera” derivadas de las convocatorias de procesos selectivos de personal de nuevo ingreso, con los aspirantes que hubieran alcanzado un nivel mínimo suficiente para el desempeño de las funciones correspondientes, y de “Bolsas de Trabajo” cuando se hubiera agotado una Lista de Espera y se prevea la necesidad de nuevas coberturas temporales.

Por lo tanto, es necesario haber participado en algún proceso selectivo y haber superado el primer ejercicio, para ser incluido en la correspondiente lista de espera.

El llamamiento se realizará siguiendo el orden de posición en la lista de espera vigente. 

Asimismo, en la web del Ayuntamiento de Madrid tiene a su disposición información sobre procesos selectivos y ofertas de empleo público del Ayuntamiento de Madrid.

He sido nombrado funcionario interino y deseo modificar en la base de datos del Ayuntamiento de Madrid alguno de mis datos personales, ¿cómo debo hacerlo?

Deberá solicitarlo mediante instancia general, aportando documentación que acredite la modificación de los datos (por el ejemplo DNI, certificado de nacimiento, libro de familia, certificado de empadronamiento, etc.).

¿Dónde puedo solicitar un certificado de servicios prestados?

Mediante instancia general dirigida a la Subdirección General de Situaciones Administrativas, Funcionarios Interinos y Registro de Personal.

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